Darían libertad a condenados por alimentos

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INPE
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El Ejecutivo publicó ayer un Decreto Legislativo que autoriza que las personas condenadas por no pasar alimentos puedan ser excarceladas y así combatir una posible propagación del COVID-19 en los penales.

La norma refiere que la “pena privativa de una persona condenada por el delito de omisión de asistencia familiar puede convertirse automáticamente en una pena alternativa”.

Para cambiar el régimen en el que se encuentra, el interno tendrá que pagar el íntegro de la reparación civil y de la deuda alimenticia acumulada hasta el momento en que se solicita la conversión.

Asimismo, deberá presentarse ante el juez la declaración jurada del interno señalando la dirección del domicilio o residencia habitual al momento de egresar del establecimiento penitenciario.