Te explicamos todo sobre el tributo municipal
A partir del primer mes del año, las municipalidades distritales comienzan a distribuir los talonarios o “cuponeras” que detallan los montos que cada vecino debe pagar por diferentes tributos, como el Impuesto Predial y los arbitrios.
En el caso del Impuesto Predial, se grava o aplica el tributo según el valor de los predios urbanos y rústicos, calculado sobre la base del autovalúo, según explicó Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), a la Agencia Andina.
“El autovalúo es el monto que se establece por el valor del predio (casa, terreno, locales), de acuerdo a algunos criterios aprobados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento todos los años”, señala.
Álvaro Gálvez explica que el cálculo del Impuesto Predial se realiza mediante una escala progresiva, tomando en cuenta el valor del autovalúo dividido en Unidades Impositivas Tributarias (UIT):
Cálculo del autovalúo:
- Para valores de autovalúo de hasta 15 UIT, se aplica el 0.2% de ese valor.
- Si el autovalúo está entre 15 UIT y 60 UIT, se aplica el 0.6%.
- En el caso de que el autovalúo supere las 60 UIT, se aplica el 1%.
El experto legal de la Cámara de Comercio de Lima señala que la recaudación, administración y fiscalización del Impuesto Predial está a cargo de la municipalidad distrital en la que se encuentra ubicado el predio.
“Todos los propietarios están obligados a realizar este pago anual hasta febrero de cada año, o también puede ser fraccionado en cuatro partes (febrero, mayo, agosto y noviembre)”, manifiesta.
Exoneración o descuento
Álvaro Gálvez indica que en el caso del Impuesto Predial, hay un beneficio que permite reducir o exonerar el pago de este tributo municipal para los adultos mayores de 60 años.
“Dicho beneficio está dirigido a todas las personas mayores de 60 años, ya no solo para los pensionistas. Pero también deben cumplir el requisito de tener un ingreso mensual que no exceda 1 UIT”, sostiene.
El experto detalla que para obtener el descuento o la exoneración del Impuesto Predial destinado a los adultos mayores de 60 años, se debe restar una cantidad equivalente a 50 UIT del valor de su autovalúo. En otras palabras, si el valor del autovalúo supera las 50 UIT, solo se deberá abonar el Impuesto Predial por la diferencia restante. Es importante destacar que la UIT para el año 2023 equivale a 4,950 soles.
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“Considerando que 50 UIT son 247,500 soles, ese el monto que un adulto mayor de 60 años puede deducir de su autovalúo en el 2023. Por lo tanto, si el autovalúo de la casa o el predio es de 246,000 soles, no pagará el Impuesto Predial”, detalla Álvaro Gálvez.
“Pero si el valor del autovalúo es superior a los 247,500 soles, el adulto mayor tendrá que pagar el Impuesto Predial considerando solo por lo que sobrepase ese monto”, añade.