Congreso aprueba la entrega del «Bono de Electricidad»

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BONO ELECTRICIDAD 2023
BONO ELECTRICIDAD 2023

El Bono Electricidad consiste en el otorgamiento de un subsidio monetario para suministro eléctrico de hasta un monto de 30.00 soles

Hoy, el congreso aprobó la Ley Nº 31688, que consiste en la entrega del «Bono de Electicidad», en el cual muchas familias serán beneficiarias al acceder al servicio público de electricidad y al suministro regular del mismo.

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El Bono Electricidad consiste en el otorgamiento, excepcional, temporal y por única vIez, de un subsidio monetario para suministro eléctrico de hasta un monto de 30.00 soles, distribuido entre tres recibos de servicio eléctrico de hasta 10 soles”, señala la ley publicada en el Diario Oficial El Peruano.

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BENEFICIARIOS

Las personas que serán beneficiarios son los usuarios residenciales del servicio de electricidad con consumos promedio de hasta 100 kWh/mes, teniendo en cuenta los meses con consumos mayores a cero, durante los meses comprendidos en el periodo de agosto 2021 – julio 2022.

Para tal efecto, el punto de entrega del suministro del usuario beneficiario debe encontrarse dentro del estrato bajo, medio bajo y medio, según el plano estratificado por manzanas del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)”, indica la ley.

Asimismo, también se beneficiarán los usuarios residenciales del servicio de electricidad de los sistemas eléctricos rurales no convencionales abastecidos con suministro fotovoltaico autónomo, tanto como los usuarios residenciales de suministros provisionales colectivos de venta en bloque, medidos a través de un medidor totalizador conectado en media o baja tensión, con consumo promedio de hasta 100 kWh/ mes, considerando para dicho promedio los meses con consumos mayores a cero y el número de lotes del suministro provisional, registrado en el periodo de agosto 2021 – julio 2022.

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BONO NO APLICA A USUARIOS RESIDENCIALES

Cabe señalar que, la ley también revela lo siguiente: “El Bono Electricidad no se aplica a los usuarios residenciales del servicio de electricidad con consumo promedio mayor a 100 kWh/mes durante los meses correspondientes a enero, febrero y marzo del año 2022; y con nombres comerciales (incluyen todas las sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, escuelas, entidades del Estado y otros equivalentes).

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