Con permiso médico podrán laborar personas con riesgo

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Trabajador
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El Ministerio de Trabajo publicó los requisitos de la declaración jurada que permitirá a las personas en grupos de riesgo para contraer el covid-19 concurrir a trabajar o prestar servicios en las actividades autorizadas durante el estado de emergencia.

Así, con la Resolución Ministerial 099-2020-TR, publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano, se establece que previa a la presentación de la declaración jurada el trabajador debe solicitar a su empleador un certificado de aptitud validado por el médico responsable de la vigilancia de la salud en el centro de labor.

El profesional en salud deberá indicar el criterio médico por el que autoriza la realización de labores presenciales en caso de que así lo considere y el empleador debe enviar el certificado de aptitud validado, dentro de las 48 horas siguientes de formulada la solicitud del trabajador.

Adicionalmente, el empleador, a través del médico responsable de la vigilancia de la salud, o quien haga sus veces, informa al trabajador que la realización de labores presenciales que le asignen no incrementará su exposición a riesgo de contagio del covid-19.

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