Cambio de horarios y tolerancia de ingreso tendrán trabajadores

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Horarios de trabajo
Horarios de trabajo

Durante el estado de emergencia decretado a causa del covid-19, los empleadores que desarrollen actividades económicas podrán evitar contingencias en la prestación de servicios al estar facultados para modificar los horarios de trabajo, suscribir documentación con firma digital y atender la tolerancia en el ingreso al centro labores.

Así lo confirma el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) mediante la publicación del documento Preguntas y respuestas sobre las medidas laborales para afrontar el estado de emergencia nacional.

De acuerdo con este documento, sin perjuicio de las medidas que puedan acordar las partes (empleador y trabajador), en el caso de los trabajadores que resulten afectados por la coyuntura relativa a la propagación del covid-19, el empleador no deberá considerar como tardanza injustificada los retrasos, debiendo otorgar una tolerancia de dos horas, que podrán ser compensadas.

Además, los empleadores, durante el plazo de vigencia de la emergencia sanitaria, podrán modificar y establecer de manera escalonada los turnos y horarios de trabajo de sus trabajadores y servidores civiles como medida preventiva frente al riesgo de propagación de la pandemia, sin menoscabo del derecho al descanso semanal obligatorio.