DIRIGENTE HERNÁN ESPINOZA, DETALLA CÓMO SE APLICA MEJORA PENSIONARIA A LA 19990
El combativo dirigente Hernán Espinoza, en su calidad de secretario general de la Confederación General de Pensionistas del Perú (CGPP), sostuvo que la jueza Malbina Saldaña deberá emitir nueva sentencia en relación a la irrestricta aplicación del aumento progresivo de las pensiones que señala la Constitución Política del Perú como señala su Segunda Disposición Transitoria, aplicación que ha sido soslayada por diversos gobiernos.
“La Confederación General de Pensionistas del Perú, que aglutina a la mayoría de las bases, sigue su lucha por la aplicación de lo que dice la Constitución Política en la Segunda Disposición Transitoria y final que no lo cumple el gobierno, ninguno de los gobiernos, ¿qué dice ahí?: ‘aumento progresivo’, con un candadito: ‘de acuerdo a las posibilidades económicas’, está bien pues, pero todo el mundo dice que hemos crecido, la culpa de esta situación de la ONP es del gobierno, porque están administrando únicamente ellos, los fondos que provienen de los jubilados al sistema nacional de pensiones, 19990 y 20530, ¿por qué? Porque no hay ninguna representación de los jubilados y pensionistas como debe ser, lo que vulnera el artículo 102 de la OIT, toda seguridad social en el mundo es tripartito, en tanto en la administración como en la aportación”, detalló.
Por ello, anunció que tienen planteada una acción de cumplimiento para que esto se ejecute en sus extremos en favor de aumento progresivo a favor de los jubilados.
“Tenemos una sentencia del Tribunal Constitucional, la sentencia 009/2015 que ordena la ejecutivo y al Congreso, aumentar progresivamente las pensiones, le da un plazo de 3 años. Esa decisión se cumplió el 28 de abril del 2022, además el TC anterior, no éste, dispuso de que si no se cumplía iban a aplicar sanciones tanto al ejecutivo como al congreso, esa última parte cuando hemos ido a reclamar lo han desactivado, el tribunal mismo lo ha desactivado. Nosotros tenemos una acción de cumplimiento, la acción de cumplimiento que hemos establecido, precisamente que el estado no cumple con lo que manda la constitución, en esta demanda para el Poder Judicial obligue al estado a cumplir está en la Segunda Sala Constitucional, del Tribunal Constitucional. Eso se presentó el 2021, después de la pandemia, ante el 7mo juzgado en lo constitucional, la jueza Malbina Saldaña dio una sentencia contraria a lo que pedimos, eso fue apelado y la segunda sala dio por aceptada la apelación”, explicó.

Leer también [Delia Espinoza, afín a sector caviar, es nueva Fiscal de la Nación]
SÍ HAY DINERO PARA AUMENTOS
“Tenemos un estudio, incluso va emparejado con la propia sentencia, aumentar progresivamente. Nosotros haciendo el cálculo, nosotros no solo tenemos la cuestión objetiva con la información de la ONP que los trabajadores activos aportan el 80% del presupuesto de la ONP, para pagar las pensiones, el otro 20 % o 10 % según, viene a ser los dividendos que produce ELECTROPERU, y los 1, 300 millones que dejó Fujimori en el Fonaphu, eso produce un dividendo que va incrementar los fondos porque es pensionable. De tal manera de que si el estado pone algo, digamos un 5%, eso permite, así como Vizcarra de 415 a 500 soles, así progresivamente se puede ir incrementando. Tal como ocurre con el caso de la 20530 donde el aumento es anualmente de acuerdo al costo de vida, le aumentan 30 soles, 40 soles, lo hacen anualmente ¿por qué no lo mismo con la 19990? No es mucha plata, porque los dividendos crecen”, concluyó.




