Así recibes tu jubilación adelantada en ONP y AFP

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Así recibes tu jubilación adelantada en ONP y AFP
Así recibes tu jubilación adelantada en ONP y AFP

Si ya no puedes aportar para seguir creciendo tu cuenta, te dan tu pensión ya

Si deseas jubilarte antes de los 65 años de edad (que exige la ley), podrás solicitar tu pensión de jubilación adelantada como una alternativa para las aseguradas y los asegurados al Sistema Nacional de Pensiones (D.L. N° 19990). La cantidad de aportes que debes acreditar debe ser mayor a los 20 años (240 Unidades de Aporte – UdA) exigidos en el Régimen General. Además, deberás cumplir con la edad establecida para pensionarte de manera adelantada.

El monto de la pensión se reduce en 4% por cada año de adelanto respecto de los 65 años de edad que exige la ley.

CONDICIONES:

Puedes solicitarla con 50 años de edad y 25 años de aportes (300 Unidades de Aporte – UdA). A partir del 23 de julio de 2021, las condiciones son las mismas para hombres y mujeres. Puedes solicitarla si estabas trabajando y te despidieron por reducción de personal o cese colectivo. Debes acreditar 20 años de aportes (240 Unidades de Aporte – UdA). Los hombres deberán contar con 55 años de edad y las mujeres con 50 años de edad.

REQUISITOS

Solicitud según formato virtual. Incluye declaración jurada de autenticidad de documentos. Copia simple de los documentos que acrediten la relación laboral y/o declaración simple que consigne el vínculo laboral:

Certificados de trabajo.

Boletas de pago de remuneraciones.

Liquidación de tiempo de servicios o de beneficios sociales. Constancias de aportaciones de la Oficina de Registro y Cuenta Individual Nacional de Empleadores Asegurados (ORCINEA) emitido por el Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o de EsSalud.

Cualquier documento público conforme al artículo 235 del Código Procesal Civil. Copia simple de los Certificados de Pago Regular (CPR), Certificados de Pago Especial (CPE) u otros comprobantes de pago emitidos por el ex Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o el Seguro Social de Salud (EsSalud), si esta información no se encuentra en los sistemas que administramos.

Antes de iniciar, debes saber:

Ingresa tus datos en el formulario que encontrarás para pedir tu atención virtual. Una asesora o asesor te contactará para brindarte orientación sobre la presentación de tu solicitud a través de una llamada o correo electrónico. Si te corresponde la pensión, envía tus documentos al correo electrónico que te indicarán.

En un periodo máximo de 30 días calendario, se te informará el resultado mediante una resolución que llegará a tu correo o domicilio.

Si la respuesta tarda más tiempo, se te otorgará una pensión provisional hasta que se emita la resolución. Si tienes dudas, llama a ONP Te escucha, (01) 634 2222 a nivel nacional, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:30 p. m.

 

JUBILACIÓN ANTICIPADA EN AFP:

Bajo el supuesto de la Jubilación Anticipada Ordinaria: Tener 50 años de edad tanto para hombres, como mujeres, al presentar la solicitud. Contar con por lo menos 72 meses de aportes en el transcurso de los últimos 120 meses. La pensión calculada debe ser equivalente a, por lo menos, 40% de la remuneración mensual.

¿Qué pasos se deben seguir para solicitar la jubilación anticipada? En primer lugar, es necesario acudir a su AFP, de manera presencial o virtual. Todas las administradoras tienen en sus páginas de internet opciones de chat, WhatsApp, centrales telefónicas o correo electrónico para hacer consultas.

Para lo cual, es necesario tener el número de identificación que tengas (DNI, pasaporte o CE), de lo contrario no se puede avanzar en ninguno de los canales. Se deberá solicitar la Constancia de Estimaciones de Opciones de Retiro y/o Pensión a la AFP y suscribir el Formato de Decisión de Opción de Retiro y/o Pensión. Se puede optar por una pensión, que se recibirá mensualmente, o por retirar 95.5% de su fondo, dinero que se depositará en una cuenta bancaria.

Una vez que se cumplen con los requisitos, si se decide por una pensión, la AFP tendrá para aprobar la solicitud hasta 10 días útiles y hasta 8 días para que el afiliado elija la modalidad de pensión. Este deberá comunicar su decisión en un plazo máximo de 30 días de calendario. Quince días después comenzará a recibir su pensión.

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PARA TRABAJADORES EN LABORES DE RIESGO

Para acceder a este régimen, debes realizar labores de alto riesgo, como extracción minera subterránea, extracción minera a tajo abierto, en centros de producción mineros, metalúrgicos y siderúrgicos expuestos a riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad, y en actividades de construcción civil.

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