Año Nuevo: ¿Quiénes descansan el 30 y 31 de diciembre?

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Año Nuevo: ¿Quiénes descansan el 30 y 31 de diciembre?
Año Nuevo: ¿Quiénes descansan el 30 y 31 de diciembre?

El Gobierno declaró no laborables los días 30 y 31 de diciembre para el sector público, con compensación de horas

El Gobierno declaró los días 30 y 31 de diciembre como no laborables para el sector público, permitiendo un descanso prolongado antes del Año Nuevo, según el Decreto Supremo 011-2024-PCM.

Los trabajadores del sector público que se acojan a este beneficio deberán compensar las horas no trabajadas en semanas posteriores, sin recibir un pago adicional. Esto mantiene su remuneración sin cambios.

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Año Nuevo para el sector privado

Las empresas privadas pueden sumarse a esta medida, siempre que exista un acuerdo entre empleadores y trabajadores. En caso de no llegar a un consenso, el empleador tendrá la última palabra y determinará cómo se compensarán las horas no laboradas.

Actividades esenciales que no descansan

La norma excluye a los sectores que brindan servicios esenciales como agua, electricidad, gas, limpieza, telecomunicaciones, seguridad, transporte, puertos, aeropuertos y expendio de alimentos. Estos trabajadores deberán laborar con normalidad.

Año Nuevo: reglas para el 1 de enero

El 1 de enero es un feriado nacional no laborable, garantizando el descanso de los trabajadores sin afectar su remuneración. Sin embargo, quienes trabajen este día recibirán un pago triple o un día de descanso compensatorio, según lo estipulado en el Decreto Legislativo 713.