ONP: Como cobrar doble pensión en forma oficial

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TE GUÍAMOS LO QUE NECESITAS PARA RECIBIR UNA DE VIUDEZ Y OTRA DE JUBILACIÓN

Los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones pueden acceder a ambas prestaciones si cumplen los requisitos establecidos. Sin embargo, los montos se unifican en un solo depósito y no pueden superar los S/ 1.000 mensuales.

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) informó que los pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) pueden acceder simultáneamente a una pensión de jubilación y una de viudez, siempre que cumplan las condiciones correspondientes. No obstante, la suma de ambas prestaciones está sujeta al límite máximo mensual de S/ 1.000 establecido para este régimen.

La disposición se aplica tanto a las personas que ya reciben una pensión de jubilación o invalidez y pierden a su cónyuge o conviviente, como a quienes perciben una pensión de viudez y posteriormente solicitan una jubilación propia como afiliados titulares.
De acuerdo con el artículo 58 del Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones, aprobado mediante el Decreto Supremo N.º 354-2020-EF, ambas prestaciones se unifican cuando corresponde su percepción conjunta. De esta manera, el beneficiario recibe el monto reconocido en un solo depósito, sin que la suma exceda el tope establecido por el sistema.

¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER A AMBAS PENSIONES?

La ONP contempla dos situaciones principales para solicitar estas prestaciones.
La primera corresponde a quienes reciben una pensión de jubilación o invalidez y, tras el fallecimiento de su cónyuge o conviviente, cumplen los requisitos para acceder a una pensión de viudez.  La segunda comprende a las personas que ya reciben una pensión de viudez y desean solicitar una pensión propia de jubilación. En este caso, deben acreditar al menos 120 Unidades de Aporte, equivalentes a diez años de aportaciones, además de cumplir las condiciones aplicables a su solicitud.  El reconocimiento de la pensión de viudez también está sujeto a los requisitos legales correspondientes y a la acreditación del vínculo con la persona fallecida.

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