PRESIDENTE DE ASNAPER, HUGO SANTOS, INSTA AL GOBIERNO A ACLARAR INCISO 3.4
Por: Pablo Boggiano B.

Mediante el informe 0072-2025-EF/53-05, la Dirección de Gestión de Pensiones informó a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), las conclusiones sobre el pedido de “aclaración y adecuación del decreto supremo 004-2025-EF”, realizado por la Asociación Nacional Unida por la Defensa de los Derechos del Personal PNP en Situación de Retiro (ASNAPER).
En entrevista con “El Men” su presidente Hugo Santos Gálvez, nos manifestó la precisión de ratificar en un nuevo decreto supremo, el beneficio remunerativo a suboficiales en tres tramos para que la norma quede expedita de carácter pensionable y de manera permanente.
¿Cuál fue la respuesta de acuerdo al pedido de aclaración y adecuación del Decreto Supremo 004-2025-EF?
Lo que dice el inciso 3.4 es que el reajuste no forma parte de un aumento de pensiones, eso hemos pedido que nos aclare en el oficio que fue presentado el 27 de enero, hemos ido con los congresistas como Azurin para solicitar una respuesta- Hace un mes que no había pronunciamiento, presentamos un documento de aclaración y pedir la adecuación del inciso 3.4, ha habido algo resuelto por la presión que hemos hecho ante el ministro de Economía a fin de que ya se aclare y se defina lo que es el 3.4.
A respuesta señala que “no resulta necesario modificar el numeral 3.4 del artículo 3 del Decreto Supremo 004-2025-EF, debido a que su regulación, en el sentido de establecer que el reajuste de la pensión no forma parte de la remuneración consolidada, ni constituye un aumento de pensión, tiene como propósito establecer que el referido reajuste no se efectúa como consecuencia del incremento otorgado, recientemente, por igual monto, al personal militar y policial en actividad, toda vez que, la nivelación de las pensiones con las remuneraciones del personal en actividad se encuentra prohibida por la Primera Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política”.
-La observación que han expuesto es que ésta se rectifique con otro decreto supremo
No solamente en un informe, sino que se plasme en un decreto supremo para dar la seguridad de que esto va ser permanente, como dice pensionable porque un informe no tiene sustento legal, ya que se defina con un decreto supremo y tendremos la seguridad y la estabilidad emocional. Hay mucho personal en retiro que somos personas de la tercera edad y muchos estamos minusválidos, discapacitados, hay cierta esperanza, queremos llegar a la conclusión de que esto se defina mediante una forma legal, nos envían las conclusiones, de que sí es pensionable y permanente y también los aportes a Es Salud y Fovipol.
-Mientras no se refrende como ley, norma, decreto supremo, etc., la interpretación se presta a la ambigüedad
Claro, puede tener una interpretación libre, no plasma el beneficio, y el beneficio es el reajuste que han prometido, en tres tramos de acuerdo a la ley de presupuesto, el 40% en tres tramos; el primer tramo ya se dio en enero; el segundo tramo ya será en julio y el tercer tramo en diciembre.
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“14 AÑOS CON LA MISMA PENSIÓN”
-¿Cuál es el rango pensionario que reciben cesantes y en retiro?
Hace 14 años con la misma pensión y el personal en actividad lo mismo, de la época de Ollanta Humala, el año 2012 se incrementó, y a la fecha recién se ha dado ese reajuste, viendo la falta de capacidad económica que tiene el personal en actividad y retiro, esta medida permite resarcir y nivelar la capacidad de pago que tenga el personal, los ingresos han disminuido en relación al año 2012.
Solamente nos estaría nivelando de acuerdo a la inflación y esta nivelación debió hacerse hace años y lo dice el informe para equiparar la inflación que se ha dado los últimos años y nuestros sueldos y/o pensión se han quedado estancados.
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-Un decreto supremo tendría que habilitar partidas adicionales al presupuesto
La secretaria general del MEF, ellos lo han derivado a la Dirección de Pensiones, al área competente y el área competente ha formulado su informe respectivo. En la ley de presupuesto, en las disposiciones complementarias hay atribuciones al Ministerio de Economía: ‘usted encárguese- el 24 de septiembre del 2024 sale publicado el D.L 1666- en emitir los aumentos y reajustes a todo el sector público, el caso de pensiones y remuneraciones’.
-¿Cuántos efectivos policiales en situación de retiro se están perjudicando con esto?
En total de la policía y la fuerza armada de 80 mil a 90 mil miembros, estamos en la duda, en la incertidumbre. Está bien, nos han dado, pero todavía queda esa duda, queremos que se defina con una norma legal, un decreto supremo que emita el MEF, los más perjudicados son suboficiales superiores a suboficiales de tercera, personal en actividad y retiro, se ha pedido reajuste para los suboficiales superiores y brigadieres, eso fue una promesa de la presidenta Dina Boluarte que iba a reajustar al personal de más antigüedad que somos los suboficiales superiores y brigadieres, reajustar en 81% que tenemos mayores años de servicio y mayor antigüedad, en esa parte nuestro percibo a comparación de oficiales es bien bajo.
-Estaría pendiente además esa implementación del 81%
El 81% fue una propuesta de la Presidenta de la República y del Ministro del Interior, para incrementar emolumentos a suboficiales superiores y brigadieres, se ha dado el reajuste, pero lo que se quiere es que se dé el 81% a todo el personal, se ha dado en un 40 % , esto fue un pronunciamiento público el 28 julio del 2024, hasta el ministro del Interior ha compartido un pronunciamiento y ha hecho de conocimiento al MEF, le hemos hecho un requerimiento en enero para que también se considere al personal activo.




