Fonavi: ¿Cuándo cobran Lista 21 y Reintegro 3?

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Revisa a cuál perteneces para tu próxima devolución en Banco de la Nación

A inicios del pasado noviembre, la agenda de los temas que evaluaría el Fonavi incluía la definición de los lineamientos tanto de la Lista 21 como el Reintegro 3. Es más, tras aprobar los lineamientos de la Lista 21, este diciembre además se dejará expeditos los criterios para el tercer grupo de reintegro.

Ya se han aprobado este año la devolución de dos reintegros, el 1 y el 2, que iban según rangos de edad para fonavistas que recibieron montos de las listas de la 1 a la 19, pero aún hay un grueso de fonavistas que ya recibieron “pago a cuenta” y que, por no entrar en el rango de edad, esperan que sean incluidos en un nuevo grupo de pago.

 

LOS CRITERIOS

En cuanto al Grupo 21, es necesario precisar que es compuesto por fonavistas que no recibieron ningún pago hasta la fecha, esta lista incluye principalmente a nuevos beneficiarios cuyos aportes fueron identificados recientemente y cuya base va sobre los 80 mil beneficiarios, que irán a partir de 50 años y sin tope de devolución.

Por otro lado está el Reintegro 3, dirigido a exfonavistas de las listas 1 al 19 que ya recibieron un primer pago parcial entre 2015 y 2019 y que prioriza a personas de mayor edad, así como a discapacitados y herederos de fonavistas fallecidos.

El criterio de selección para esta agrupación incluirá, en primer lugar, al grupo de aproximadamente 300 mil personas de 80 a 92 años, entre viudos y beneficiarios. También a 170 mil personas de entre 70 y 75 años.

La Comisión Ad Hoc, encargada del proceso, exhortó a que se continúe recabando información de diversas fuentes para garantizar la inclusión de todos los fonavistas elegibles.

Los exaportantes interesados en formar parte del padrón de la Lista 21 deben presentar la documentación que acredita sus contribuciones al Fonavi. Entre los documentos requeridos se incluyen boletas de pago y registros oficiales que demuestren los aportes realizados.

Una vez presentada la documentación, la Secretaría Técnica procederá a verificar su validez. Si los datos son correctos, los ex aportantes serán incorporados con inmediatez en las listas de devolución.

 

SE PAGA A PARTIR DE SEGUNDA QUINCENA DE DICIEMBRE

Según se pudo conocer, a mediados de diciembre estarían recibiendo los montos correspondientes, ya que la Comisión Ad Hoc y la Secretaría Técnica estarán expidiendo esta semana las resoluciones correspondientes y la fecha exacta para proceder con el desembolso.

El tiempo estimado para procesar el cobro de los aportes es de aproximadamente 65 días desde la presentación de la documentación necesaria. Este plazo puede variar si se presentan oposiciones u observaciones a la solicitud. En casos donde existan herederos con mayor prioridad, estos tendrán un plazo de 45 días calendario para presentar sus reclamaciones ante la Comisión Ad Hoc.

Si un fonavista no puede cobrar en el plazo establecido, no pierde su derecho a recibir los fondos. El dinero de los fonavistas permanece seguro hasta que los beneficiarios puedan cobrarlo sin riesgo de perderlo.

 

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“ELECTRIFICACIÓN” Y “BANCO DE MATERIALES” TENDRÁN QUE ESPERAR

Los fonavistas “de obras de electrificación”, aquellos que recibieron préstamos para este rubro en el Banco de materiales, tendrán que esperar más para acceder a su devolución del Fonavi.

La representación fonavista en la Comisión Ad Hoc estaba buscando poder evaluar a este grupo de ex aportantes para que sean incluidos en las nuevas listas como beneficiarios que aún no han recibido ni un solo pago. Sin embargo, según detallan, LOS REPRESENTANTES DEL EJECUTIVO VOTARON PORQUE SE SUSPENDA ESTA INCORPORACIÓN hasta que la demanda de “acción popular” realizada se resuelva, lo que podría tomar algunos meses.

La REPRESENTACIÓN FONAVISTA EN LA COMISIÓN AD HOC consideró que argumentos con que los representantes del Poder Ejecutivo sustentaron su posición de paralizar la incorporación de estos fonavistas al proceso de la devolución de su dinero alegando la figura de “AVOCACIÓN INDEBIDA” solo son “MEROS PRETEXTOS PARA EVADIR CUMPLIR CON SU OBLIGACIÓN DE RESTITUIR A ESTE IMPORTANTE SECTOR DE FONAVISTAS SU DERECHO DE PROPIEDAD”.

Así, los fonavistas señalan que la ADMISIÓN DE UNA DEMANDA NO DEJA SIN VIGENCIA UNA NORMA NI IMPIDE UN ACTO ADMINISTRATIVO, salvo que el juez a través de una medida cautelar diga lo contrario, y que la Comisión efectúa sus actos jurídicos y administrativos en el marco de la defensa, protección y restitución del derecho de propiedad , principio constitucional, sus reglamentos y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional aplicables al proceso de la devolución del dinero del Fonavi a sus aportantes.

 

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