La Municipalidad de Lima estableció una ordenanza que impone sanciones para aquellos que realicen acoso sexual callejero. La norma considera comentarios, insinuaciones, silbidos, tocamientos indebidos, roces corporales y frotamientos contra el cuerpo, en especial contra mujeres, adolescentes, niños y niñas.
La normativa se dio a conocer en el Diario Oficial El Peruano y dispone el pago de multas por hasta dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT), cuyo valor total es de 8.400 soles (unos 2.545 dólares), y busca “prohibir y establecer responsabilidades y sanciones administrativas” a las personas o empresas que toleren el acoso sexual. Los videos captados por la municipalidad o la víctima; audios y declaraciones de testigos serán considerados como pruebas para dictar sanción.




