Desde ayer jueves, 22 de mayo, ha entrado en vigor un conjunto de disposiciones técnicas emitidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para poder identificar de manera más efectiva a los motociclistas en medio de la ola de inseguridad que se vive en nuestro país.
Entre las principales medidas se encuentra la obligación de los conductores de motocicletas de utilizar chalecos reflectivos que tengan en la espalda el número de matrícula del vehículo. Este número, de acuerdo con el MTC, debe ser de color negro y las cifran no deben tener menos de 6 cm. de altura y 3,5 cm. de ancho. Además, debe encontrarse dentro de un rectángulo blanco de 8 cm. de altura y 25,5 cm. de ancho.
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En estas primeras horas, el panorama en las avenidas 28 de Julio, Risso, Arequipa y Paseo de los Héroes se encontraba dividido: hay conductores que están actuando de manera responsable, cumpliendo las indicaciones dispuestas por el MTC, mientras que otros han omitido el uso de chalecos. Las infracciones están clasificadas bajo los códigos G.59, G.68 y G.69 del Reglamento Nacional de Tránsito: G.59: Conducir sin casco, con casco inadecuado o que impida la identificación del rostro. Sanción: S/428, 40 puntos en el récord del conductor y retención del vehículo. G.68: No portar chaleco con la placa visible. Sanción: S/428 y 20 puntos en el récord. G.69: Usar un chaleco que oculte o dificulte la visibilidad de la placa. Sanción: S/428, 20 puntos y retención del vehículo.




