Fonavi: ellos son los que cobran primero

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Fonavistas
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LOS QUE TIENEN 65 AÑOS DE EDAD, DISCPACITADOS O ENFERMOS GRAVES

De acuerdo al informe recibido por la Secretaria Técnica, la Comisión Ad Hoc decidió que la fecha del inicio de los primeros pagos será el jueves 14 de diciembre del 2023. Cabe recordar que el jueves 3 de agosto, la Comisión ad hoc aprobó el reglamento para iniciar con los pagos según la última sentencia del Tribunal Constitucional (TC); ahora se espera que sea publicado como decreto supremo en el diario oficial El Peruano.

La iniciativa, que fue aprobada por mayoría, busca otorgar liquidez a los exaportantes “permitiendo por tanto mejorar las condiciones para el desarrollo de la población”. Es así que el dictamen plantea que la Comisión Ad Hoc, encargada de la devolución del Fonavi, está autorizada para realizar pagos a cuenta mediante un “certificado de reconocimiento de pago a cuenta”. Se detalla que la aceptación no impide que posteriormente se pueda acreditar con otros medios idóneos un monto mayor de aportación en cada cuenta individual.

El Ejecutivo había considerado observar la medida considerando que la autógrafa plantea un pago a cuenta supeditado a determinar el monto total correspondiente a cada fonavista. Sin embargo, ello sería difícil de determinar. “La determinación del monto total a devolver al fonavista provocaría una demora aún mayor en lograr cumplir los objetivos de la Ley N° 29625, pues existen serias dificultades para la obtención de la información sobre las aportaciones monetarias efectivamente realizadas por los fonavistas a favor del Fonavi”, se lee en el documento del Ejecutivo. Tras ello, el Pleno volvió a aprobar la devolución en partes y ahora solo falta la rúbrica de Dina Boluarte antes del 13 de noviembre.

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¿QUIÉNES SERÍAN LOS PRIMEROS EN COBRAR?

Según detalla Diario El Peruano, se modificará el artículo 4 de la Ley 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, y se incorpora el artículo 4 –A: lo que quiere decir que quienes recibirán este beneficio serán aquellos trabajadores que contribuyeron al FONAVI, y a sus herederos en caso de fallecimiento.

Además, se debe “atender en forma prioritaria a las personas mayores de sesenta y cinco años, a los registrados en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y a los que tienen alguna enfermedad grave o terminal, sean los titulares o sucesores”.

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