Se promulga ley que fija procedimiento para rápida expulsión de extranjeros

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Se promulga ley que fija procedimiento para rápida expulsión de extranjeros
Se promulga ley que fija procedimiento para rápida expulsión de extranjeros

La Superintendencia de Migraciones tiene la facultad de aplicar sanciones a las empresas de transporte que transporten a personas extranjeras en situación irregular

El Poder Ejecutivo ha promulgado hoy el Decreto Legislativo 1582, que introduce modificaciones e incorpora diversos artículos a la Ley de Migraciones. Entre las disposiciones, se establece el Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE), aplicable para la expulsión de personas extranjeras en dos casos específicos.

Este procedimiento se aplicará a aquellos que cometan infracciones tipificadas en los literales d) y f) del numeral 58.1 del artículo 58 de la Ley de Migraciones, es decir, ingresar al país sin control migratorio y/o realizar actividades que amenacen o atenten contra el orden público, el orden interno, la seguridad nacional o la seguridad ciudadana.

Para los demás casos de expulsión, se mantendrá el procedimiento administrativo sancionador ordinario, según lo establecido en el decreto publicado en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, firmado por la presidenta Dina Boluarte, el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, y el titular del Interior, Vicente Romero.

Audiencia única

El procedimiento excepcional, en sus etapas, incluye una audiencia única, que puede llevarse a cabo de manera virtual o presencial, con un límite de 24 horas desde la retención administrativa realizada por la Policía Nacional del Perú.

Este proceso consta de una fase instructiva y otra sancionadora. Se inicia con la imputación de cargos por parte de la autoridad instructiva de Migraciones, basándose en un informe de la Policía Nacional, y concluye con la notificación de la resolución emitida por la autoridad sancionadora de la entidad.

En el caso de confirmarse la comisión de la infracción, Migraciones emite la resolución de sanción que ordena la expulsión inmediata. Si se requieren acciones adicionales esenciales para resolver el procedimiento especial, o si vence el plazo establecido, el caso se someterá a las disposiciones del procedimiento administrativo sancionador ordinario.

Según lo dispuesto en el decreto, la Policía Nacional del Perú es responsable de llevar a cabo las diligencias de investigación preliminar.

Sanciones a empresas de transporte

La enmienda a la Ley de Migraciones refuerza el principio de soberanía en asuntos migratorios mediante el control migratorio, la regulación migratoria, los procedimientos administrativos y los servicios, contribuyendo así a la seguridad y el orden interno en Perú.

Además, este decreto legislativo otorga a la superintendencia la autoridad para sancionar a las empresas de transporte interprovincial que transporten a personas extranjeras en situación irregular.

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Esta facultad también se extiende a los operadores de transporte marítimo, fluvial o lacustre internacionales, quienes deben enviar a Migraciones, en un plazo de 48 horas antes de su llegada o salida del territorio nacional, la información del registro y control de la tripulación.

Es importante destacar que el decreto legislativo autoriza a Migraciones a supervisar los servicios de hospedaje, los cuales están obligados a facilitar las acciones de verificación migratoria; de lo contrario, se exponen a posibles sanciones.