S/.2790 y S/.2100 cobrarían jubilados de la ley 19990 y 20530 respectivamente

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Jubilados
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De cumplirse las normas vigentes establecida por el Tribunal Constitucional, entonces la pensión de los jubilados de la ley 19990 podría ascender a S/.2790 y la de los jubilados de la ley 20530 a S/.2,100.

Los dirigentes de la Federación Nacional de Personas Adultas Mayores del Perú (FENAPAM-PERU) dialogaron con el presidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume Fortini para tratar sobre la Ley N° 23908, que ordena a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) cumpla con fijar la pensión inicial en una suma equivalente a 3 Remuneraciones Mínimas Vitales a la fecha de cada pago, que sería de S/ 2790 tomando en cuenta que el sueldo básico actual es de S/ 930.

En el caso de los pensionistas de la Ley 20530, Erick Villanueva Cancán, presidente de la Asociación Nacional de Cesantes y Jubilados de Educación (ANCIJE) que pertenece a dicha Ley, pidió al Gobierno que las pensiones deben de ser niveladas con la remuneración de los maestros activos, que en este caso el sueldo de un docente de la primera escala magisterial se ha incrementado a S/ 2,100.

Blume Fortini, prometió que a la brevedad posible, el TC se pronunciará acerca del expediente 4703-2016-AC/TC, del que los jubilados esperan que haga cumplir de una vez la sentencia 0703-2002-AC/TC que beneficia a los de las Leyes N° 19990 y N° 18846 con la aplicación de la Ley N° 23908, que ordena fijar la pensión en tres remuneraciones mínimas vitales (RMV).