Vecinos deudores serán embargados

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Embargos
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Junto de propietarios podrá cobrar así a los que deban mantenimiento

Las juntas de propietarios de una unidad inmobiliaria (edificio, residencial, etc.) podrán realizar embargos a vecinos que presenten deudas de mantenimiento.
Ellos podrán hacer uso de este derecho solo si se constituyen en asociaciones, según aprobación en primera votación en el Pleno del Congreso, que será evaluada para su segunda votación la siguiente semana.

En el próximo pleno, a pedido del parlamentario Mauricio Mulder, la fórmula aprobada debe esclarecer que solo existirá una sola norma sobre el particular y que no duplique la existente.

El proyecto fue presentado por el legislador Carlos Bruce y tiene como objetivo regular la administración de unidades inmobiliarias a cargo de la junta de propietarios.
Bruce subrayó que la obligación de efectuar el pago oportuno de las cuotas de mantenimiento se aplica así el propietario no ocupe su bien privado o se encuentre arrendado: “Por eso el nuevo arrendatario debe pedir el saneamiento de las cuotas por parte de la administración, de lo contrario tiene que asumirlas”.

A su vez, reiteró que la Junta de Propietarios no tiene capacidad de cobranza si no tiene personería jurídica, por ello la importancia de constituirse en asociación.