Si trabajas el Día del Trabajo, cobras más

0
1606
Trabajadores
Trabajadores

Conoce cuánto. El 1 de mayo es feriado para todos

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) recordó que el 1 de mayo (Día del Trabajo) es considerado feriado nacional, para trabajadores de los sectores público y privado, quienes percibirán una retribución extraordinaria considerando cuatro situaciones distintas.

Primero, de acuerdo a Ley, la remuneración por el feriado se percibe íntegramente y sin condición alguna. El segundo caso es para aquellos que laboran el 1 de mayo, sin descanso posterior, y percibirá tres remuneraciones; una por el feriado y doble por haber laborado en día feriado.

Por ejemplo, si la remuneración mensual es 1,200 soles, la remuneración diaria será de 40 soles. Si trabaja el 1 de mayo sin descanso posterior percibirá 40 soles x 3, que es igual a 120 soles por el 1 de mayo laborado.
Sin embargo, cuando haya acuerdo entre el empleador y el trabajador, para que este labore el 1 de mayo, con descanso posterior, ya no hay pago adicional por haber trabajado en día feriado.

Otros casos

Para quienes trabajan a destajo, el pago por el ‘Día del Trabajo’ es igual al salario promedio diario, que se calcula dividiendo entre 30 la suma total de las remuneraciones percibidas en los últimos 30 días consecutivos o no al 1 de mayo.

Cabe advertir que el trabajador no está obligado a aceptar trabajar durante el feriado no laborable ya sea con el pago adicional o con descanso compensatorio.
Cuando el ‘Día del Trabajo’ coincide con el día de descanso semanal, se le debe pagar al trabajador un día de remuneración por el citado feriado, además de la remuneración por el descanso semanal.

Por ejemplo, para el trabajador cuyo descanso semanal es el martes 1 de mayo y percibe 1,200 soles mensuales, su remuneración diaria se obtiene dividiendo 1,200 entre 30 días, resultando 40 soles por día. En el caso expuesto, recibirá 40 soles por el feriado, más 40 soles por su descanso semanal.